Prohibiciones por riesgo de incendio

Prohibiciones y limitaciones
– Encender fuego en todo tipo de espacios abiertos.
– La suspensión temporal, en tanto se mantenga el riesgo, de todas las autorizaciones concedidas de quema de rastrojos, de pastos permanentes, de restos de poda y de restos selvícolas.
Encender fuego en las áreas de descanso de la red de carreteras, así como en zonas recreativas y de acampada, incluidas las zonas habilitadas para ello.
– La utilización de maquinaria y equipos en los montes y en las áreas rurales situadas en una franja de 400 metros alrededor, cuyo funcionamiento genere deflagración, chispas o descargas eléctricas, salvo que el órgano competente de la Administración autonómica haya autorizado expresamente su uso o resulten necesarias para la extinción de incendios.
– La introducción y uso de material pirotécnico.
– Arrojar o abandonar objetos en combustión o cualquier clase de material susceptible de originar un incendio.
Desde la Junta de Castilla y León se pide a la población que extreme la prudencia en sus actividades de trabajo y ocio al aire libre para evitar el inicio de un posible incendio y, en caso de producirse, alerte a través del Servicio de Emergencias 1-1-2, por lo que se efectúa un llamamiento a la responsabilidad y a la colaboración ciudadana.